Seguro de moto: Cobertura de protección Jurídica: Defensa y Reclamación de daños
Características de la cobertura de Protección Jurídica: Defensa y Reclamación de daños
En Reale Seguros nos gusta explicar nuestros seguros y coberturas de forma sencilla para que cualquier persona pueda entenderlo. Aquí encontrarás todo lo que necesitas saber sobre esta cobertura, información que te ayudará a reconocer la calidad que diferencia y caracteriza a Reale Seguros.
En este documento encontrarás:
¿Qué es la cobertura de Protección Jurídica: Defensa y Reclamación de daños?
¿Qué ocurre cuando circulamos por la ciudad en moto y otro vehículo que no ha mantenido la distancia de seguridad colisiona con nosotros? Si nos vemos inmersos en esta situación debemos saber que existe la posibilidad de reclamar al contrario una compensación económica tanto por los daños materiales como por las lesiones que nos haya producido el impacto e incluso por los daños físicos que pudiéramos sufrir en el futuro a causa del accidente. El seguro Reale Moto se ocupa de gestionar esta reclamación por ti, bien por un abogado designado por la compañía o por uno de tu elección.
La Protección Jurídica: Defensa y Reclamación de daños en el seguro de moto de Reale Seguros y sus límites
Todos nuestros seguros de moto tienen incluida esta cobertura con independencia de la modalidad, encargándose la compañía de la designación de los profesionales legales encargados de llevar a cabo esta reclamación y si así lo prefiere el asegurado, este podrá seleccionar sus propios profesionales quedando cubiertos sus gastos hasta los límites establecidos en la póliza del producto contratado:
Reale Moto: es un seguro para tu moto completo y sencillo de configurar y contratar, que puedes adquirir tanto a través de uno de nuestros mediadores y online a través de nuestra página web. Todas las modalidades incluyen esta cobertura con los siguientes límites.
- - −Designación de abogado y procurador por Reale Seguros. Sin límite de costes.
- - −Libre designación por el asegurado (cuando es este quien selecciona los profesionales que llevarán su reclamación). En estos casos el límite será de 600€.
¿Qué cubre y que no cubre la cobertura de Protección Jurídica: Defensa y Reclamación de daños?
¿Qué cubre?
La cobertura de Defensa jurídica y reclamación de daños se hace cargo de los honorarios de procuradores y abogados, así como de las tasas judiciales en los siguientes casos:
- -La reclamación de los daños materiales y personales del asegurado ocurridos en un accidente de circulación.
- - La reclamación de los daños materiales en las cosas transportadas en el vehículo asegurado derivados de un accidente de circulación.
- - La reclamación de los objetos personales que estuviesen en el vehículo asegurado, y que hubieran resultado dañados a consecuencia de un accidente de circulación.
- - La reclamación de los daños personales o materiales sufridos por el tomador o el conductor de la póliza como peatón o ciclista ocurridos exclusivamente en España.
- -La reclamación de reparaciones defectuosas (realizadas a consecuencia de un accidente cubierto en la póliza), en el vehículo asegurado.
¿Qué no cubre?
- -No quedarán cubiertas las reclamaciones formuladas por el asegurado o familiares contra el conductor del vehículo o contra Reale Group.
- -No quedarán cubiertas las reclamaciones por reparaciones defectuosas, realizadas en talleres no Concertados de Reale Seguros y/o aquellas reparaciones cuya comunicación a Reale Seguros sea realizada pasados 30 días desde que fueran producidas.
- -Los daños materiales o personales producidos en la práctica profesional del ciclismo.
¿Quién debería contratar esta cobertura?
Cualquier conductor de moto que desee evitar realizar las gestiones de reclamación por un accidente de circulación que le haya producido daños materiales o personales.
Debido a su importancia el Seguro Reale Moto incluye la Reclamación de daños en todas sus modalidades.
¿Cuándo podría necesitarla?
En el caso de necesitar realizar una reclamación frente a un tercero responsable de un accidente de circulación que haya producido daños materiales o personales al conductor o al vehículo objeto asegurado.
Si utilizamos nuestra moto para acudir a nuestro trabajo, para desplazarnos por la ciudad o incluso para dar paseos por el campo en cualquier momento podremos sufrir un accidente con un tercero en el que debamos hacer uso de esta cobertura.
¿Dónde tiene validez esta cobertura?
Esta cobertura tiene validez en todo el territorio español (península, Islas Canarias e islas Baleares así como en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla), países miembros del Convenio Multilateral de Garantía y Países miembros del Convenio Tipo Inter-Bureaux, con la salvedad de los siguientes casos, que quedan expresamente circunscritos al territorio español:
- -La reclamación de los daños ocasionados en un siniestro de circulación sufridos por el conductor o tomador del seguro como peatón o ciclista.
- -La reclamación de reparaciones defectuosas por accidentes de circulación cubiertos en la póliza.
Otros nombres por los que se la conoce
Reclamación de daños a terceros o Reclamación de daños por accidente de circulación.