Responsabilidad Civil Voluntaria
Características de la responsabilidad Civil Voluntaria
Definición.
La Responsabilidad Civil Voluntaria es la cobertura que complementa el importe de los daños causados a un tercero, cuando la cuantía máxima exigida por la ley es insuficiente para poder reparar el daño causado o las obligaciones legales derivadas del mismo.
Cuál es el límite de esta cobertura.
El importe en todas las modalidades del seguro de coche (Terceros, Terceros Ampliado y Todo Riesgo, en todos nuestros seguros) es de 50 millones de euros.
Quién debe contratarla.
Es recomendable para todos los propietarios de vehículos que no quieran tener sobresaltos, incluso cuando el vehículo se encuentre estacionado en un parking u otra propiedad pública o privada.
Cuándo podría necesitarla.
Colisiones múltiples, explosiones y en aquellos siniestros con consecuencias graves.
Qué cubre.
Asegura al conductor y al propietario del vehículo, cubriendo el exceso sobre la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria, con un límite de 50 millones de euros.
Dónde tiene validez.
En territorio español, países miembros del Convenio Multilateral de Garantía y países miembros del Convenio tipo INTER-BUREAUX.
Otros nombres.
También se conoce como: RCV, garantía de responsabilidad civil voluntaria o cobertura de responsabilidad civil voluntaria.
¿Qué es la Responsabilidad Civil Voluntaria?
Es una cobertura adicional a la Responsabilidad Civil Obligatoria, que la complementa cuando la primera resulta insuficiente para garantizar nuestra tranquilidad.
Si a consecuencia de un siniestro provocado con nuestro vehículo, en el que somos culpables, provocamos daños personales y/o materiales a un tercero y éstos superan el importe que exige la ley en la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria, deberemos pagar el extra no cubierto con nuestro propio patrimonio.
En caso de tener contratada la RC Voluntaria, la aseguradora se hará cargo, una vez superado el límite legal, de los daños materiales y/o personales causados en la cantidad adicional de 50 millones de euros.
-Límite RC Obligatoria. 70 millones de € para daños personales y 15 millones de euros para cubrir los daños materiales causados.
-Límite RC Voluntaria. 50 Millones de €
La responsabilidad Civil Voluntaria en el seguro de coche de Reale.
En REALE, todos nuestros productos y las modalidades de contratación que ofrecemos para asegurar tu coche, tienen incluida esta cobertura, siendo el límite de la misma:
-Reale mi coche: para las modalidades de Terceros, Terceros Ampliado y Todo Riesgo: Límite de 50 millones de euros.
-Reale Auto: para las modalidades de Terceros, Terceros Ampliado y Todo Riesgo: Límite de 50 millones de euros.
¿Quién debe contratar esta cobertura?
Si eres propietario de un vehículo a motor, la ley solo exige la cobertura de RC Obligatoria, pero no hay una obligación legal de contratar la RC Voluntaria.
Aunque la cobertura se denomina Voluntaria, la mayoría de los seguros cuentan con ella para garantizar tu tranquilidad ante las consecuencias económicas de un siniestro grave, por lo que es fundamental que tu seguro cuente con ella.
¿Cuándo podría tener que utilizarla?
Aunque no es obligatoria tenerla incluida en nuestro seguro, es siempre recomendable, más aún si cabe, si hacemos un uso muy frecuente del mismo o si duerme en un garaje común. En estos casos, el incendio o explosión de nuestro vehículo puede causar daños en las estructuras de un edificio, dañar innumerables vehículos o personas.
¿Qué cubre y qué no cubre la Responsabilidad Civil Obligatoria?
Si cubre.
- El exceso sobre la cobertura Obligatoria de Responsabilidad Civil.
- El coste de posibles fianzas que excedan de dicha cobertura de RC Obligatoria.Ambas situaciones con un importe máximo de 50 millones de euros.
No cubre.
- Los que la Ley indique que no deben de cubrirse con esta cobertura.
- Los causados intencionadamente por el asegurado, siempre que no haya un estado de necesidad para cometer el acto.
- Los daños producidos cuando se trate de una de las siguientes situaciones:
•Estando el conductor en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes.
•Cuando se condene al conductor causante por el delito de “omisión del deber de socorro”
•Si participas en apuestas, desafíos, carreras, concursos, o en sus pruebas preparatorias.
•Si circulas por la zona restringida de puertos o aeropuertos.
•Si se desempeñan labores industriales o agrícolas y el accidente no sea consecuencia directa de un hecho de la circulación.
•Otras recogidas en el condicionado general de su póliza.
¿Dónde tiene validez esta cobertura?
Esta cobertura tiene validez para todo el territorio Español, Países miembros del Convenio Multilateral de Garantía y países miembros del Convenio tipo INTER-BUREAUX, para lo que será necesario el certificado Internacional de seguro conocido como “carta Verde”. Los países miembros de este convenio se puede consultar de forma actualizada en la Oficina Española de Automóviles (OFESAUTO)
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