Cobertura de gestión de multas
Características de la cobertura de gestión de recursos de multas
Definición. Qué es la cobertura de gestión de multas.
Esta cobertura contempla la realización y presentación de las cartas o pliegos de descargo*, o de los recursos ordinarios o de reposición, contra las denuncias por sanciones de tráfico impuestas al asegurado.
* Escrito presentado a la autoridad competente a consecuencia de una denuncia por una infracción de tráfico u ordenanza municipal, con la finalidad de evitar la sanción impuesta.
Cuál es el límite de esta cobertura en Reale.
Esta cobertura viene limitada por:
- Los servicios que se prestan, que incluyen: pliegos de descargo y recursos ordinarios o de reposición, siempre en vía administrativa.
- La empresa que presta el servicio, que es, exclusivamente nuestro proveedor oficial ARAG, experto en este tipo de reclamaciones.
Quién debe contratarla.
Se trata de una cobertura útil para cualquier conductor, pero tiene más relevancia para aquellos que:
- Utilizan a diario su vehículo
- Aquellos vehículos que circulan por ciudades grandes y medianas, donde existe más probabilidad de recibir una sanción de este tipo.
Cuándo podría necesitarla.
Ante cualquier tipo de multas y sanciones que impliquen la pérdida de puntos en nuestro permiso de conducir o el pago de una determinada cantidad, consecuencia de infringir una norma de circulación y con los límites mencionados más arriba, en este documento.
Qué cubre.
Cubre la gestión por parte de ARAG (proveedor especializado en este tipo de servicios) de las reclamaciones en vía administrativa frente a las denuncias como consecuencia de las sanciones de tráfico impuestas al asegurado.
Dónde tiene validez.
Esta cobertura tiene validez en todo el territorio Español. No será válida para aquellas sanciones o multas impuestas fuera del mismo.
Otros nombres.
Gestión de recursos de multas. Servicio de reclamación de multas. Servicio de defensa de multas.
¿Qué es la defensa de multas?
¿Qué hacer ante una sanción o multa de tráfico que no consideramos justa?, ¿cómo evitarnos los trámites de gestión para su recurso ante la Administración?
Se trata de una cobertura que no viene impuesta por la ley, pero que en cualquier caso nos será muy útil que nuestro seguro la tenga incluida. Gracias a ésta, podremos defendernos en vía administrativa en el caso de recibir una denuncia por una infracción de tráfico, teniendo cubiertos los siguientes trámites: la elaboración y presentación de las cartas o pliegos de descargo*, así como los recursos ordinarios o de reposición necesarios hasta ver agotada la vía administrativa (con las objeciones, alegaciones y/o atenuantes que correspondan para nuestra defensa).
Nos evitará la pérdida de tiempo que supone tener que buscar a un tercero o realizar nosotros mismos la redacción y el papeleo que conllevan estos trámites y que tendríamos cubierto gracias a esta defensa de multas.
* Escrito presentado a la autoridad competente a consecuencia de una denuncia por una infracción de tráfico u ordenanza municipal, con la finalidad de evitar la sanción impuesta.
La cobertura de defensa de multas, en los seguros de coche Reale.
En nuestro seguro de coche que puedes calcular o contratar a través de nuestros distribuidores viene incluida por defecto en todas las modalidades (terceros, terceros ampliado, y todo riesgo).
En ambos casos, la cobertura tiene los siguientes límites en cuanto a los servicios que incluye, el plazo para poder hacerlo y la forma para hacerlo:
- Los servicios que se prestan incluyen: pliegos de descargo y recursos ordinarios o de reposición, siempre en vía administrativa.
- La empresa que presta el servicio es exclusivamente ARAG, empresa especializada en estos trámites y proveedor homologado por Reale Seguros.
- Deberá remitirse a la compañía en el plazo máximo de 15 días la sanción recibida así como el sobre en el que fue recibida.
¿Quién debe contratar esta cobertura?
Si eres propietario de un vehículo y, salvo que seas un experto abogado o tengas conocimientos jurídicos y el tiempo necesario para dedicarle a la realización de estos trámites, tener esta cobertura te ahorrará mucho tiempo y dolores de cabeza.
Es especialmente útil para aquellos conductores que circulen por grandes y medianas ciudades y para aquellos que utilicen muy a menudo su vehículo (como profesionales y autónomos con vehículo propio), pues tienen mayor probabilidad de recibir este tipo de sanciones que conllevan la pérdida de puntos, el pago de una determinada cantidad o ambas.
¿Qué me cubre la defensa de multas?
Sí cubre- Cubre la realización sin coste para el asegurado, de las gestiones necesarias ** por descargos de denuncias y recursos ordinarios y de reposición contra sanciones debidas a infracciones de la Ley sobre Tráfi¬co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (R.D.L.339/90).
-Igualmente quedaría cubierto, en caso de así solicitarlo el asegurado, la realización de las gestiones necesarias para la liquidación de las sanciones recibidas. Para ello deberá efectuar la necesaria provisión de fondos con la que realizar el pago de la misma.
** Todas las gestiones deberán realizarse con ARAG como proveedor especializado.
NO cubre Además de las exclusiones generales queda excluido expresamente:
- La realización de las gestiones y documentos anteriormente indicados por una empresa, despacho, o cualquier otro proveedor que no sea ARAG.
- El pago de la sanción o la presentación de depósitos o fianzas.
- El pago de las multas o sanciones impuestas por cualquier autoridad pública.
¿Dónde tiene validez esta cobertura?
Tiene validez exclusiva para el territorio nacional: península, islas canarias y baleares y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
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